Modo imperativo en españolEl castellano presenta formas verbales específicas para dar órdenes, para pedir cosas o para exigir; estas son las formas del modo imperativo. Este modo en español solo tiene un tiempo, llamado a veces presente de imperativo; hay que tener en cuenta que en algunos idiomas, como el latín, el modo imperativo tiene más de un tiempo. Es posible usar otras formas verbales, especialmente del modo indicativo, con el mismo fin que el imperativo, esto es, dar órdenes. Formas verbales de imperativo en sentido estrictoLas únicas formas verbales exclusivas del modo imperativo son aquellas que usan su conjugación específica y que, además, corresponden en sus desinencias a las segundas personas del singular y del plural. Ejemplos: «come», forma para la segunda persona del singular con el pronombre «tú», o «comé», que corresponde a la misma persona pero con el pronombre «vos» (voseo), «comed» o «comer», «sentaos» o «sentaros», todas con el pronombre «vosotros». Las formas imperativas que concuerdan con «usted(es)» utilizan la conjugación del presente del subjuntivo, como en «coman», «coma usted»; lo mismo pasa con las formas negativas: «no comas», y con el llamado imperativo de primera persona de plural: «comamos». Existen además usos con sentido imperativo de otros tiempos verbales, como en: «ya estás empezando a comer ahora mismo», que solo adquieren ese sentido por el contexto pragmático. El verbo «ir» para el imperativo de primera persona del plural usa generalmente el presente de indicativo, como en «vamos, niñas», en cuanto a la segunda persona del plural del mismo verbo, se utilizan en España y Guinea Ecuatorial «idos», la forma recomendada por la Real Academia Española, o bien «iros», de uso habitual. Otras formas verbales con sentido imperativoPuede usarse el infinitivo a modo de un imperativo pasado (yusivo), ya que el castellano no posee un tiempo verbal específico, a diferencia de otras lenguas: «Habértelo (o haberlo) pensado antes de corregirme». Además, en este caso y en otros es posible recurrir al pasado imperfecto del subjuntivo, empleado para corregir una forma de imperativo inexistente: «Te lo hubieras pensado antes». El imperativo se realiza con el subjuntivo con pronombre enclítico al final con «usted» y «ustedes», «nosotros» y «nosotras», por ejemplo: «dígame» o «decime», forma del español rioplatense, «váyanse» o «andate», «esperémonos». En el caso de «nosotros(as)», el uso establece una doble formación para el presente de indicativo del verbo ir: «vayámonos», «vámonos». Con él y ella, ellos y ellas, lo mismo que antes:
Lo que ocurre es que, para distinguirlo de lo anterior, hoy se prefiere usar una construcción que + (pronombre/s) + subjuntivo sin pronombre al final. También hay otra norma que dice que el objeto indirecto precede al directo: «Nos lo quieren quitar», y que en este caso le y les pasan a se: «Se lo has dicho».
Esta construcción también sirve para enfatizar una orden:
Para enfatizar, como en otros tiempos verbales, en castellano se puede añadir el pronombre:
También, para con el imperativo de la primera persona del singular, existe la misma dualidad que para la tercera persona:
NegativaAdverbio de negación + pronombre (si lo hay) + presente del subjuntivo:
CambiosAcentuación de formas verbales con pronombres enclíticosEn su Diccionario Panhispánico de Dudas, la Real Academia Española indica que las palabras compuestas por una forma verbal y un pronombre enclítico se acentúan de acuerdo a las reglas generales de acentuación.[1]
Esta regla ortográfica está en vigor desde 1999.[1] Pérdida de letras en el imperativo
Cantemos + nos> Cantémonos (no *Cantémosnos) Digamos + se + lo> Digámoselo (no *Digámosselo) Nota: esa norma también sería aplicable a otros tiempos verbales con s al final, pero hoy ya sólo lo es al presente de imperativo, ya que, al resto de las formas personales de los verbos, no se les añaden pronombres actualmente.
Variación dialectalEl imperativo de segunda persona de plural usado en España cambia según se trate de un uso formal o informal y en el uso informal existe una forma normativa propugnada por la escuela y el uso culto y otra no normativa:
No obstante, es normativo usar el infinitivo como imperativo cuando va precedido de la preposición a: «Niños, a callar»; o cuando se dan órdenes a un público en general, sin identificar a nadie en concreto, como habitualmente sucede en las señales públicas o carteles de aviso: No tocar, peligro de muerte; No aparcar; y, como se ha mencionado anteriormente, también valdría para el infinitivo pasado.
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